jueves, 10 de diciembre de 2015


"Abrazar la vida"




Educación Vial


 EDUCACIÓN VIAL



La ley Nacional de Transito  24.449, dispone: 

a) Incluir la educación vial en los niveles de enseñanza preescolar, primario y secundario;
b) En la enseñanza técnica, terciaria y universitaria, instituir orientaciones o especialidades que capaciten para servir los distintos fines de la presente ley;
c) La difusión y aplicación permanente de medidas y formas de prevenir accidentes;
d) La afectación de predios especialmente acondicionados para la enseñanza y práctica de la conducción;
e) La prohibición de publicidad laudatoria, en todas sus formas, de conductas contrarias a los fines de esta ley.
f) Las autoridades de tránsito deberán realizar periódicamente amplias campañas informando sobre las reglas de circulación en la vía pública, y los derechos y las obligaciones de los conductores de rodados de todo tipo y de los peatones


  • Un espacio de intercambios de experiencias sobre Educación Vial, orientado a toda la comunidad educativa, es    http://www.educacionvial.gov.ar . En el mismo podrá encontrar material para descargar, vídeos educativos, propuestas para el aula.

Campañas - Vídeos Preventivos


Luchemos por la vida

sábado, 5 de diciembre de 2015

Campañas Publicitarias

Campañas Gráficas

 "ni una lagrima mas" 


Recomendaciones


Respetar las velocidades máximas



VELOCIDAD MÁXIMA. Los límites máximos de velocidad son:
a) En zona urbana:
1. En calles: 40 km/h;
2. En avenidas: 60 km/h;


b) En zona rural:
c) En semiautopistas: los mismos límites que en zona rural para los distintos tipos de vehículos, salvo el de 120 km/h para motocicletas y automóviles.


1. Para motocicletas, automóviles y camionetas: 110 km/h;
2. Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 90 km/h;
3. Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 80 km/h;
4. Para transportes de sustancias peligrosas: 80 km/h;

CLASES  de licencias
CLASES
VEHÍCULOS COMPRENDIDOS
SUB CLASES
DESCRIPCIÓN
A
Para ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados. Cuando se trate de motocicletas de más de 150 centímetros cúbicos de cilindrada, se debe haber tenido previamente por dos años habilitación para motos de menor potencia, excepto los mayores de 21 años
A.1
Ciclomotores hasta 50cc.
A.2
A.2.1
Motocicletas (incluidos ciclomotores y triciclos) de hasta CIENTO CINCUENTA CENTÍMETROS CÚBICOS (150 cc) de cilindrada. Se debe acreditar habilitación previa de DOS (2) años para ciclomotor.
A.2.2
Motocicletas (incluidos ciclomotores y triciclos) de más de CIENTO CINCUENTA CENTIMETROS CUBICOS (150 cc) y hasta TRESCIENTOS CENTIMETROS CUBICOS (300 cc) de cilindrada. Previamente se debe haber tenido habilitación por DOS (2) años para una motocicleta de menor cilindrada que no sea ciclomotor.

Licencia Nacional de Conducir


La Licencia Nacional de Conducir es un documento único que la autoridad competente de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorga a un ciudadano con el objeto de habilitarlo legalmente a conducir un vehículo, sea con carácter particular o profesional, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley Nacional de Tránsito 24.449

CLAVES PARA SUPERAR 6 SITUACIONES ADVERSAS DEL CAMINO
El camino puede poner obstáculos que desafíen tu habilidad al volante y ponen en riesgo a quienes viajan con vos. A continuación te presentamos claves para superar las condiciones adversas más comunes.

♦ No frenes sobre curvas (salvo en caso de emergencia) y sustituí los frenos por rebajas de marcha. 
♦ Mantené la velocidad constante tanto al realizar un ascenso como un descenso. Al bajar, no pises el freno excesivamente, usá "toques" intermitentes, sin llegar a bloquear las ruedas. 
♦ Circula de manera precautoria, para evitar perder la adherencia o el dominio                                                                              del vehículo.


9 CLAVES PARA UN VIAJE SIN CONTRATIEMPOS

Al iniciar un viaje, es importante tomar los recaudo necesarios para evitar cualquier percance. A continuación, las principales claves para un viaje sin contratiempos. 


Recordá llevar todos los documentos necesarios
Muchas personas se olvidan no sólo los documentos del vehículo, sino también los propios. Por lo que, antes de comenzar cualquier viaje, asegurate de contar con todos los documentos necesarios (DNI, cédula verde o azul, seguro del auto, entre otros).
Asimismo, podés encontrar los requerimientos de circulación en los Artículos 37 y 40 de la Ley Nº 24.449.

Consejos para la Conducción

Te presentamos una serie de notas que te van a ayudar para que tu auto esté preparado para emprender cada viaje más allá de las condiciones meteorológicas y las adversidades del camino, guiándote además sobre cómo chequear los elementos que componen tu vehículo y ser un conductor precavido.

DOCUMENTACIÓN Y ELEMENTOS OBLIGATORIOS PARA CIRCULAR


  •  Conducir con cuidado y respetar las normas de tránsito.

Normativas

NORMATIVA VIGENTE

Leyes y decretos referidos al tránsito y la seguridad vial.


miércoles, 2 de diciembre de 2015

señales de transito

Señales Preventivas 

Las señales de tránsito preventivas también pueden llamarse de prevención, estas señales tienen la función de prevenir al peatón o conductor de situaciones peligrosas o no. Se agrupan en dos categorías de máximo peligro y físicas. Las de máximo peligro: indican que hay que conducir con extrema precaución sobre determinados lugares. Las  físicas: simbolizan determinadas características de la ruta, por ejemplo: que se acerca una curva, un túnel o un puente.